14 de octubre de 2012

MODIFICAN EL PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES RELATIVAS A LAS CONDICIONES TÉCNICAS Y DE SEGURIDAD DE LAS UNIDADES SUPERVISADAS – PDJ

Con fecha 05 de octubre de 2012, se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución Nº 223-2012-OS/CD, mediante la cual se modifica la Resolución de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD, norma que aprueba el “Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas – PDJ”, sustituyéndose los Anexos 2 y 3 de esta última norma.

Asimismo, se autoriza a la Gerencia General de OSINERGMIN a dictar disposiciones técnico- operativas y medidas complementarias que se requieran para la puesta en marcha y ejecución del PDJ por la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. Del mismo modo, se modifican los numerales 1.20 y 1.21 de la Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos, aprobada por Resolución Nº 028-2003-OS/CD y sus modificaciones bajo los siguientes términos: 

Rubro
Tipificación de la Infracción
Referencia Legal
Sanción
Otras Sanciones
1
No proporcionar o proporcionar a destiempo la información y/o documentación requerida por OSINERGMIN y/o por reglamentación

1.20 Incumple con presentar la declaración jurada de condiciones técnicas y de seguridad de las unidades supervisadas (PDJ) o no declara dentro de los plazos, medios o formatos establecidos en el presente procedimiento; en caso de empresas contratistas a cargo de la exploración y explotación de hidrocarburos, consumidores directos con capacidad menor o igual a 1000 galones; así como barcazas, chatas o buques tanque.
Resolución de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD y procedimiento Anexo
Resolución de Consejo Directivo Nº 528-2007-OS/CD y procedimiento Anexo
Resolución de Consejo Directivo Nº 223-2010-OS/CD y procedimiento Anexo Nº 3
Resolución de Consejo Directivo Nº 223-2012-OS/CD y procedimiento Anexo
Multa de hasta 600 UIT
CE, CI, STA, SDA


1.21 Presenta declaración jurada de condiciones técnicas, de seguridad de las unidades supervisadas (PDJ) conteniendo información inexacta.


Resolución de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD y procedimiento Anexo
Resolución de Consejo Directivo Nº 528-2007-OS/CD y procedimiento Anexo
Resolución de Consejo Directivo Nº 223-2010-OS/CD y procedimiento Anexo Nº 3
Resolución de Consejo Directivo Nº 223-2012-OS/CD y procedimiento Anexo


Multa de hasta 5500 UIT


CE, STA, SDA

Finalmente, demos indicar que con fecha 18 de setiembre de 2012, se publicó la Res. Nº 379-2012-OS/C, mediante la cual se aprobaron los formatos que contienen las Declaraciones Juradas que deberán ser llenados por los responsables de Estaciones de Servicio y Grifos, Estaciones de Servicio con Gasocentro, Gasocentros, Grifos Rurales con Almacenamiento en Cilindros, Grifos Flotantes, Grifos Rurales con Almacenamiento en Tanques Superficiales y Consumidores Directos de Combustibles Líquidos y/u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos. Asimismo, esta norma dispuso ampliar el plazo de presentación de las referidas declaraciones hasta el 15 de octubre de 2012.

Para visualizar la norma materia de comentarios, seguir el siguiente enlace, “Búsqueda Avanzada”, “Número de la Norma: 223-2012”.