14 de julio de 2012

ESTABLECEN COMPETENCIA DE OSINERGMIN

Con fecha 12 de julio de 2012 se publicó la Ley N° 29901, mediante la cual el Congreso de la República precisa las competencias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN (en adelante, “la Norma”). 

La Norma señala que la transferencia de las competencias de fiscalización del OSINERGMIN al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MINTRA se limita únicamente a la supervisión, fiscalización y sanción en materia de seguridad y salud en el trabajo en los subsectores de minería, electricidad e hidrocarburos.

Asimismo, la Norma establece que OSINERGMIN es competente para supervisar y fiscalizar en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de minería, electricidad e hidrocarburos, manteniendo las competencias para fiscalizar la seguridad de la infraestructura de dichos subsectores.

Finalmente, la Primera Disposición Complementaria Final de la Norma establece que en un plazo no mayor a 60 días, a propuesta del OSINERGMIN y mediante Decreto Supremo, se aprobará el listado de funciones técnicas de supervisión en materia de seguridad que quedan bajo competencia de dicho organismo.

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