3 de septiembre de 2015

OEFA TIPIFICA INFRACCIONES Y ESTABLECE SANCIONES APLICABLES EN EL SUBSECTOR HIDROCARBUROS Y ASUME FUNCIONES AMBIENTALES EN LAS ACTIVIDADES DE BIOCOMBUSTIBLE Y PETROQUÍMICA.

Resolución de Consejo Directivo Nº 035-2015-OEFA-CD (El Peruano, 18 de agosto de 2015). 
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), mediante la citada resolución, ha tipificado las infracciones administrativas y establecido la escala de sanciones aplicables a las actividades desarrolladas por las empresas del subsector hidrocarburos, en el marco del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos (Decreto Supremo Nº039-2014-EM), la Ley General del Ambiente (Ley Nº28611 y la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Ley Nº29325).

Para visualizar el Cuadro de Tipificación de Infracciones y Escala de Sanciones Aplicable a las Actividades de Hidrocarburos siga el siguiente enlace. 

Resolución de Consejo Directivo Nº 036-2015-OEFA-CD (El Peruano, 28 de agosto de 2015). 
Asimismo, de acuerdo a la resolución mencionada, a partir del 28 de agosto de 2015, el OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final; funciones que antes eran de competencia del Ministerio de la Producción.

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