Con fecha 20 de diciembre de 2012, se ha
publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Ley N° 29968 – Ley de Creación
del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones
Sostenibles (SENACE).
Este organismo, adscrito al Ministerio de
Ambiente (MINAM), está encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto
Ambiental detallados (EIA-d) de los proyectos de inversión pública, privada o
de capital mixto, de alcance nacional y multiregional, que impliquen
actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de
servicios cuyas características, envergadura y/o localización, pueden producir
impactos ambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente,
requiriendo un análisis profundo para revisar sus impactos y proponer la
estrategia de manejo ambiental correspondiente, con excepción de aquellos
expresamente excluidos por Decreto Supremo.
Entre las principales funciones del
SENACE se encuentran las de:
- Aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d)
- Administrar el Registro Nacional de Consultoras Ambientales
- Solicitar la opinión técnica de las autoridades con competencia ambiental
- Implementar la Ventanilla Única de Certificación Ambiental en los procedimientos de aprobación de Estudios de Impacto Ambiental
Asimismo, en la Primera Disposición
Complementaria Final se señala que el proceso de implementación se desarrollará
de manera ordenada, progresiva, gradual, constante y continua, sujeto a etapas
preclusivas de obligatorio cumplimiento de acuerdo con el cronograma y a los
plazos establecidos por Decreto Supremo refrendado por el Ministerio del
Ambiente, el cual será emitido dentro de un plazo no mayor de 90 días a partir
de la publicación de presente norma.
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