ublicada
el 14 de febrero de 2013, precisan que el Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA es competente en el
sector pesquería para: (i) supervisar y fiscalizar el cumplimiento de
las normas ambientales, los instrumentos de gestión ambiental y los
mandatos o disposiciones que emita para las actividades de pesquería
industrial y acuicultura de mayor escala y, de ser el caso, imponer las
sanciones y medidas administrativas que correspondan; (ii) evaluar,
calificar y tramitar las denuncias referidas al incumplimiento de las
normas ambientales y de los instrumentos de gestión ambiental de las
actividades de pesquería industrial y acuicultura de mayor escala; y,
(iii) elaborar el informe correspondiente de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 149° de la Ley General del Ambiente en
actividades de pesquería industrial y acuicultura de mayor escala.
Asimismo,
el OEFA supervisa, fiscaliza y sanciona los ilícitos administrativos
que se detallan en el Cuadro de Infracciones Ambientales Sancionables,
contenido en el Anexo I de la presente resolución.
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