Mediante la
Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 019-2014-OEFA/PCD, vigente desde el 15 de febrero de
2014, se aprueba el Sistema del Aporte por Regulación del
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, así como los
lineamientos para el acceso y uso del mismo.
Lo dispuesto por la
presente Resolución es aplicable a los sujetos obligados al pago del Aporte por
Regulación que le corresponde al OEFA, cuando realicen las siguientes
operaciones:
- Inscribirse en el registro de sujetos obligados al pago del Aporte.
- Presentar declaraciones juradas.
- Presentar declaraciones juradas referidas a la determinación de la contribución.
- Presentar declaraciones juradas sustitutorias o rectificatorias.
- Realizar la corrección y/o actualización de datos del usuario.
- Presentar información que solicite el OEFA.
- Presentar solicitudes de compensación, devolución y otras.
Respecto a la
inscripción en el registro de sujetos obligados, el usuario deberá ingresar los
datos requeridos en el Anexo II del Procedimiento de Recaudación y Control del
Aporte por Regulación del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº
009-2014-OEFA/CD.
Por otro lado, cabe
mencionar que el ingreso al Sistema se realizará a través del Portal
Institucional del OEFA, ingresando el Código de Usuario, número de RUC, y la
Contraseña, otorgada por OEFA, siendo indispensable realizar el cambio de
contraseña para continuar con el acceso a dicho sistema. Ahora bien, en caso el
usuario pierda o extravíe su contraseña, podrá obtener una nueva a través de
una solicitud presentada por el representante legal.
En lo que concierne
a la declaración jurada y al pago del aporte, debe tenerse presente que el
referido Sistema asigna a la Declaración Jurada, original, sustitutoria y/o
rectificatoria, un Código Autogenerado, el cual equivale a la constancia de
presentación y permite que el Usuario realice el pago correspondiente en las
entidades financieras que figuran en el portal del OEFA.