17 de febrero de 2014

APRUEBAN EL SISTEMA DEL APORTE POR REGULACIÓN DEL OEFA

Mediante la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 019-2014-OEFA/PCD, vigente desde el 15 de febrero de 2014, se aprueba el Sistema del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, así como los lineamientos para el acceso y uso del mismo.

Lo dispuesto por la presente Resolución es aplicable a los sujetos obligados al pago del Aporte por Regulación que le corresponde al OEFA, cuando realicen las siguientes operaciones:
  • Inscribirse en el registro de sujetos obligados al pago del Aporte.
  • Presentar declaraciones juradas.
  • Presentar declaraciones juradas referidas a la determinación de la contribución.
  • Presentar declaraciones juradas sustitutorias o rectificatorias.
  • Realizar la corrección y/o actualización de datos del usuario.
  • Presentar información que solicite el OEFA.
  • Presentar solicitudes de compensación, devolución y otras.

Respecto a la inscripción en el registro de sujetos obligados, el usuario deberá ingresar los datos requeridos en el Anexo II del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD.

Por otro lado, cabe mencionar que el ingreso al Sistema se realizará a través del Portal Institucional del OEFA, ingresando el Código de Usuario, número de RUC, y la Contraseña, otorgada por OEFA, siendo indispensable realizar el cambio de contraseña para continuar con el acceso a dicho sistema. Ahora bien, en caso el usuario pierda o extravíe su contraseña, podrá obtener una nueva a través de una solicitud presentada por el representante legal.

En lo que concierne a la declaración jurada y al pago del aporte, debe tenerse presente que el referido Sistema asigna a la Declaración Jurada, original, sustitutoria y/o rectificatoria, un Código Autogenerado, el cual equivale a la constancia de presentación y permite que el Usuario realice el pago correspondiente en las entidades financieras que figuran en el portal del OEFA.

16 de febrero de 2014

MODIFICAN ANEXO DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO DE HIDROCARBUROS, CONSIDERANDO A NUEVOS AGENTES EN LA CADENA DE COMERCIALIZACIÓN DE GNC Y GNL

El OSINERGMIN, mediante Resolución de Consejo Directivo N°025-2014-OS-CD publicada el 12 de febrero de 2014 en el Diario Oficial El Peruano, modificó los anexo del Reglamento del Registro de Hidrocarburos aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD (en adelante, el Reglamento). 

La Resolución incorpora al Reglamento las siguientes modificaciones:
  • El ámbito de aplicación del Reglamento considerará adicionalmente a las ya reguladas Unidades Móviles de GNC, Unidades Móviles de GNL y la Estación de Carga de GNL.
  • Se modifica los numerales 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del Anexo 3.2 así como el Anexo 3.4, respecto de los requisitos para la obtención de los Certificados de Supervisión de Diseño, Certificados de Supervisión  de Fin de Construcción, Certificado de Supervisión de Funcionamiento e inscripción en el Registro de Hidrocarburos, ello con el objetivo de incorporar a la Estación de Carga de GNL, Unidad Móvil de GNC y Unidad Móvil de GNL.
  • Se precisa la terminología de Unidad Móvil de GNL-GN, Vehículo Transportador de GNC y Vehículo Transportador de GNL. 

Asimismo, se dispone que las solicitudes de registro que se encuentre en trámite, puedan ser evaluadas bajo las nuevas categorías de los agentes de la cadena de comercialización. Es decir, como Estación de Carga, Unidad Móvil de GNC, Unidad Móvil de GNL o Unidad Móvil de GNL-GN.

14 de febrero de 2014

BOLETIN INFORMATIVO AMBIENTAL

Recientemente el Área ambiental de Yataco Arias Abogados ha publicado su boletín informativo ambiental que trae entre sus novedades los siguientes temas:
  • EXIGIBILIDAD DE ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL (ECA) PARA SUELO
  • APRUEBAN NORMAS RELATIVAS AL APORTE POR REGULACIÓN DE LA OEFA
  • PUBLICAN PROYECTO DE PROCEDIMIENTO DE RECAUDACIÓN Y CONTROL DEL APORTE POR REGULACIÓN DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA)
  • ESTABLECEN LA PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS "INFORMES TÉCNICOS SUSTENTATORIOS"
Para mayor información ingrese al siguiente link:

1 de febrero de 2014

NUEVO CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN ANUAL DE LAS PDJ ANTE OSINERGMIN

El 29 de enero de 2014 se publicó la Resolución de Gerencia General Nº5-2014-OS/GG, mediante la cual se modifica el Cronograma para la Presentación Anual de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas y de Seguridad de las Unidades Supervisadas – PDJ. 

En tal sentido, y conforme al cronograma establecido para la presentación anual del PDJ, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº223-2012-OS-CD, se modifica, entre otras, las fechas de presentación y subsanación que se señalan a continuación:
  • Agosto 2014: Presentación de la declaración correspondiente a las Instalaciones y Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos Líquidos. (Subsanación: septiembre  2014).
  • Enero 2016: Presentación de la declaración correspondiente a las plantas de procesamiento. (Subsanación: febrero 2016).
  • Enero 2016: Presentación de la declaración correspondiente a plantas de abastecimiento de combustibles líquidos, GLP u OPDH incluyendo terminales según el caso. (Subsanación: febrero 2016).
Cabe destacar que los administrados deberán presentar su PDJ todos los años en el mes que les ha sido asignado conforme al cronograma detallado en la Resolución de Gerencia General Nº5-2014-OS/GG; y deberá realizarse a partir del año que se indica en dicho Cronograma.

Finalmente, cabe mencionar, que de manera excepcional se ha establecido que los plazos fijados en el cronograma para la presentación de las PDJ correspondientes a las Instalaciones y Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos Líquidos deberán ser tomados como plazos máximos, siendo posible presentar dichas PDJ desde el primer mes del año.

Si desea ver la totalidad del cronograma, haga clic aquí.