Con fecha 02 de enero de 2013, se ha
publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo Nº 021-2012-AG,
el cual aprueba el nuevo Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua, el
cual regula el establecimiento de dichas organizaciones, así como su
estructura y funciones.
Es preciso mencionar, que se consideran
usuarios de agua a toda persona natural o jurídica que cuenta con un derecho de
uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua.
Entre las principales obligaciones de
los usuarios se detallan las siguientes:
- Usar el agua eficientemente en términos de calidad, cantidad y oportunidad para el objeto y lugar que le fue otorgado sin afectar derechos de terceros
- Contribuir con la conservación de la cuenca
- Participar activamente en el las organizaciones de usuarios
Por otro lado, entre los derechos
principales, se encuentran:
- Acceder a la dotación de agua de acuerdo al derecho otorgado
- Participar y contar con derecho de voto en las asambleas de las organizaciones
Asimismo, el Reglamento establece que
las Organizaciones de Usuarios de Agua son asociaciones civiles sin fines de
lucro que tienen por finalidad la participación organizada de los usuarios de
agua en la gestión multisectorial y sostenible de los recursos hídricos. Estas
organizaciones pueden estar organizadas en comités, comisiones juntas y
asociaciones.
Finalmente, la norma regula las
disposiciones respecto de las asambleas, las elecciones y los recursos
económicos de las organizaciones.
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